
Escrito por:
Genesis de la Vega
El 24 de octubre del 2024, el Superintendente de Protección de Datos Personales emitió el Reglamento que establece el procedimiento para la atención de las consultas que se le formulen a la Superintendencia de Protección de Datos Personales (en adelante SPDP), a través del cual se explica el contenido, alcance, procedimiento, legitimados y tiempos para la absolución de consultas.
¿Cuál es el alcance de la contestación de consultas por parte del Superintendente de Protección de Datos Personales?
Meramente referencial o interpretativo sobre la inteligibilidad de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales aplicado a situaciones abstractas y no particulares, es decir, no tendrá un carácter vinculante, por lo que, el análisis consultivo:
- No constituye un acto administrativo, ni tampoco una decisión administrativa.
- No constituye un medio probatorio para ser utilizado en favor o en contra del consultante en procesos judiciales o administrativos.
- No permite convalidar tratamientos de datos personales ya efectuados, en curso o en plan de realizarse.
- No constituye una restricción para que la SPDP pueda ejercer, respecto del consultante, sus facultades de supervisión, control, evaluación y sanción.
¿Quiénes son los legitimados para presentar consultas a la SPDP?
- Los titulares de los datos personales;
- Los responsables y encargados del tratamiento de datos personales;
- Los apoderados especiales debidamente registrados de aquellos responsables, conjuntos o no, y encargados extranjeros no domiciliados en el territorio del Ecuador;
- Los delegados de protección de datos personales; y,
- La persona natural o jurídica, autoridad pública, servicio u organismo distinto del titular, del responsable del tratamiento, del encargado del tratamiento y de las personas autorizadas para tratar los datos personales bajo la autoridad directa del responsable.
¿Sobre qué temas no se podrán formulan consultar?
- Tratamiento de datos personales fuera del ámbito de aplicación material de la LOPDP.
- Normativa vigente que ya haya sido objeto de absolución de consulta.
- Temáticas que, a la fecha de presentación de la consulta, formen parte de procesos judiciales pendientes de resolución o ya han sido resueltos por una autoridad judicial; o, se traten de materias que no hayan sido aún reguladas específicamente por parte de la SPDP.
¿Cuál es el procedimiento para presentar una consulta al SPDP?
- En la consulta tiene que constar además de la dirección de correo electrónico para las notificaciones correspondientes, la opinión clara y concreta sobre el problema específico sobre el que versa la petición interpretativa.
- Si la absolución de consulta no cumple los requisitos formales y materiales, la SPDP solicitará, por una vez, que dentro del término de cinco días, la consulta se reformule o se complete la legitimación de personería por parte del consultante, según corresponda.
- El SPDP emitirá la absolución de consulta en el término de treinta días que se cuenta a partir de la presentación de la consulta.
- Cuando el SPDP considere que la consulta es de atención prioritaria, no se considerará la fecha de presentación para su emisión.
¿En qué casos se archivará la absolución de consulta?
- Cuando la consulta se refiera a temas que estén fuera del ámbito material de la LOPDP, ya exista una interpretación previa sobre el tema consultado o sea objeto de un procedimiento judicial.
- Cuando no se reformule la consulta o complete la legitimación de personería.
Sin perjuicio del archivo de la absolución de consulta, el consultante podrá presentar una nueva.
¿Puede la SPDP requerir el criterio jurídico de otras instituciones?
De forma previa a emitir un pronunciamiento interpretativo, la SPDP puede solicitar el criterio jurídico de:
- Personas jurídicas de derecho público relacionadas con el tema consultado, que tengan competencias vinculadas con la materia de consulta; y,
- Personas jurídicas de derecho privado relacionadas con el tema consultado, que posean conocimientos especializados en la materia de consulta.






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